Los estudiantes que cumplen alguno de los requisitos de acceso a los estudios de doctorado podrán ser admitidos a un programa de doctorado conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que sean propios del programa. La UDC incluirá los procedimientos y requisitos de admisión en el plan de estudios.
La admisión no implicará, en ningún caso, ninguna modificación de los efectos académicos y profesionales que correspondan al título previo de que esté en posesión la persona interesada, ni su reconocimiento para otro efecto que el de cursar el programa de doctorado.
También puedes consultar el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, Artículo 16: Admisión.
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plazas ofertadas en el curso 2024/2025
Perfil de admisión recomendado
1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
• Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
• Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación requeridos por el programa, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
• Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
• Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente al del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
• Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
3. Los doctorandos que hubieran iniciado su programa de doctorado conforme a anteriores ordenaciones universitarias podrán acceder a los estudios de doctorado regulados por el RD 99/2011, previa admisión de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de estudios de doctorado de la Universidad de Vigo. En todo caso deberán reunir los requisitos establecidos con carácter general para el acceso a estudios de doctorado regulados por el RD 99/2011.
4. Podrán acceder a estudios de doctorado los Licenciados, Arquitectos ó Ingenieros que estén en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o alcanzasen la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero.
5. Podrán acceder a los estudios de doctorado los Licenciados, Arquitectos ó Ingenieros que estén en posesión de un título de máster oficial conforme al Real Decreto 56/2005 ó al Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, o hayan superado 60 ECTS de estudios de Master oficial.
6. También podrán acceder a los estudios de doctorado los Diplomados, Ingenieros Técnicos ó Arquitectos técnicos que acrediten haber superado 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que al menos 60 sean de nivel de Máster Universitario.
Estudiantes con titulaciones extranjeras
Los estudiantes con título extranjero sin homologar podrán solicitar la admisión en los estudios de doctorado siempre que se acredite un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de máster universitario y faculte en el país expedidor del título para el acceso a los estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo ni el reconocimiento a otros efectos que los de acceso a estas enseñanzas.
De este modo, los estudiantes con título extranjero sin homologar requerirán para la plena validez de su matrícula una resolución de equivalencia otorgada por el rector, luego de emitidos los informes que reglamentariamente se establezcan, en la que se indicará la denominación del título extranjero y su reconocimiento para los efectos de cursar estos estudios. La equivalencia deberá solicitarse dentro del plazo que se establezca, acompañando el título con base al cual se desea acceder al doctorado y un certificado académico de los mencionados estudios, en el que consten las materias y períodos académicos cursados y de que el título da acceso en su país a los estudios de doctorado. Todo lo anterior se presentará debidamente legalizado (originales y fotocopias para su cotejo o fotocopias autentificadas por los servicios consulares o embajadas españolas). En el caso de no ser el idioma de origen el castellano se deberá acompañar también una traducción legalizada de la documentación anteriormente citada.
En la solicitud de admisión del alumnado también se incluirá la posibilidad de realizar simultáneamente la solicitud de equivalencia, en caso necesario. La CAPD valorará la adecuación académica de los estudios cursados por el solicitante, teniendo que figurar esta circunstancia en la propuesta de admitidos en el programa.
Las resoluciones de equivalencia constarán en el expediente del estudiante y podrán certificarse como cualquier otro extremo del mismo.
Se podrá contemplar que los informes emitidos para situaciones semejantes sirvan como precedentes. En estos casos no será necesario la realización de nuevos informes.
El alumnado podrá matricularse sin esperar la resolución de equivalencia, pero la validez de su matrícula quedará condicionada a esta declaración.
Con carácter general, serán admitidos en este Programa, quienes hubieran cursado con buen rendimiento académico un programa de máster en Economía y/o Empresa que familiarice al estudiante con los principales paradigmas teóricos y con los métodos de análisis empírico de su especialización.
Procedimiento general de solicitud de admisión
La solicitud de admisión (o de renovación de la matrícula) y la matrícula en los estudios de doctorado se realizará a través de la secretaría virtual, adjuntando la documentación acreditativa de reunir los requisitos de acceso. La solicitud de admisión y matrícula para el alumnado externo de la UDC debe hacerse aquí.
Si deseas obtener más información puedes consultar el Procedimiento general de solicitud de admisión.
Procedimiento de solicitud de admisión del alumnado con un título extranjero no homologado
Consulta la Admisión y matrícula de la EIDUDC.
Requisitos de admisión específicos de la CAPD
La solicitud de admisión se realizará a través de la Secretaría Virtual del estudiante y la documentación justificativa se entregará en la UADI del Centro. La CAPD publicará los listados provisional y definitivo del alumnado admitido en el portal de estudios de la UDC. Las reclamaciones al listado provisional si dirigirán a la CAPD y se presentarán en la UADI del Centro.
La solicitud de matrícula a tiempo parcial, cambio de modalidad de matrícula y baja temporal en el programa se dirigirán a la CAPD y deberán presentarse en la UADI del Centro.
Se valora muy positivamente que el estudiante que solicita la admisión en el programa ya haya contactado previamente a la solicitud de admisión con un posible director de tesis y que éste haya aceptado dirigírsela. Los criterios de admisión vienen dados específicamente en la memoria del programa. En concreto:
1) CV del candidato/a (35%). Se valorarán fundamentalmente aquellos aspectos relativos a los estudios de grado y/ o master que posea el solicitante, así como las titulaciones oficiales, cursos y actividades formativas recibidas y/o impartidas, y el resto de actividades y méritos contenidos en el CV que la Comisión Académica (de forma motivada) considere más idóneos para el desarrollo de la actividad investigadora en el marco de las líneas de investigación del programa). En este apartado se incluye la opinión del posible director de tesis, en caso de que proceda.
2) Calificaciones obtenidas en el grado y/o máster que haya realizado (25%), correspondiendo un 10% al grado y el 15% restante a los estudios de Master.
3) Formación previa en investigación (asignaturas de iniciación a la investigación y trabajo de fin de master), participación en proyectos de investigación o contratos de investigación (10%)
4) Acreditación de conocimiento de idiomas (15%). Acreditar un nivel A2 se corresponde con un 5%, y un nivel B1 con un 10%; la acreditación del nivel B2 (o superior), se corresponde con el 15%.
5) Experiencia profesional en campos afines a las áreas de conocimiento del programa y la actividad en elaboración y gestión de políticas públicas (15%)
Plazos
La solicitud de admisión (o de renovación de la matrícula) y la matrícula en los estudios de doctorado se realizará de acuerdo con los plazos aprobados por el Consejo de Gobierno de la UDC.