El Programa tiene un carácter esencial o estratégico para dar respuesta a las necesidades formativas y científicas del Sistema Universitario de Galicia, en el que no existe ninguna iniciativa similar a la planteada, e incluso en el mapa universitario iberoamericano, donde se considera estratégica la existencia de un Programa de estas características.
A este respecto, conviene resaltar que la Ley del Sistema universitario de Galicia establece entre sus objetivos y fines el estrechamiento de relaciones de intercambio y colaboración con centros de educación superior e instituciones públicas y privadas del ámbito nacional e internacional, singularmente de Iberoamérica.
CB11 - Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.(Se sustituye "campo" por "ámbito" a partir de la aplicación del R.D. 576/2023, de 4 de julio)
CB12 - Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
CB13 - Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
CB14 - Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
CB15 - Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
CB16 - Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
CB17 - Capacidad de fomentar la Ciencia Abierta y la Ciencia Ciudadana, conforme al artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, como modo de contribuir a la consideración del conocimiento científico como un bien común, mediante la evaluación de actividades transversales llevadas a cabo por la doctoranda o el doctorando relacionadas con diferentes dimensiones de la Ciencia Abierta y la Ciencia Ciudadana, así como la capacitación adquirida en sendas disciplinas en formato de microcredenciales o similar.(A partir de la aplicación del R.D. 576/2023, de 4 de julio)
CA01 - Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.
CA02 - Encontrar las preguntas claves que hay que responder para resolver un problema complejo.
CA03 - Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.
CA04 - Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.
CA05 - Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.
CA06 - La crítica y defensa intelectual de soluciones.
CE01 - Capacidad para estructurar y redactar con fluidez textos jurídico-públicos elaborados, empleando la terminología técnicamente apropiada
CG04 - Capacidad para sintetizar los argumentos jurídicos de forma precisa.
CG03 - Capacidad para analizar los problemas jurídico-administrativos desde una pluralidad de enfoques y elegir el más idóneo en un caso concreto
CG02 - Capacidad para identificar y aplicar todas las fuentes jurídico-públicas relevantes ante una cuestión concreta
CG01 - Capacidad para planificar y llevar a cabo tareas jurídicas complejas de modo autónomo
CE03 - Capacidad para trabajar en equipos interdisciplinares como experto en derecho público y contribuir efectivamente a sus tareas
CE02 - Capacidad para estructurar los argumentos y transmitirlos oralmente con competencia técnica y habilidad oratoria en el marco de actividades científicas de derecho administrativo altamente especializadas
CB11 - Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.(Se sustituye "campo" por "ámbito" a partir de la aplicación del R.D. 576/2023, de 4 de julio)
CB12 - Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
CB13 - Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
CB14 - Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
CB15 - Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
CB16 - Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
CB17 - Capacidad de fomentar la Ciencia Abierta y la Ciencia Ciudadana, conforme al artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, como modo de contribuir a la consideración del conocimiento científico como un bien común, mediante la evaluación de actividades transversales llevadas a cabo por la doctoranda o el doctorando relacionadas con diferentes dimensiones de la Ciencia Abierta y la Ciencia Ciudadana, así como la capacitación adquirida en sendas disciplinas en formato de microcredenciales o similar.(A partir de la aplicación del R.D. 576/2023, de 4 de julio)
Carrera docente e investigadora
Avogacía
Asesoramiento jurídico a empresas y/o Administraciones Públicas
Trabajo en Administraciones Públicas y organismos de Derecho público nacional o transnacionales
Carrera docente e investigadora
Avogacía
Asesoramiento jurídico a empresas y/o Administraciones Públicas
Trabajo en Administraciones Públicas y organismos de Derecho público nacional o transnacionales
Entidades que han suscrito convenio con la UDC:
Estas son las líneas de investigación de este programa de doctorado:
En caso de que el doctorando carezca de la formación previa completa exigida en el programa, su admisión en el programa podrá quedar condicionada a la superación de complementos de formación específicos, que podrán ser asignaturas o módulos de máster y grado. Los complementos asignados a un mismo doctorando no podrán superar los 15 créditos ECTS y podrán realizarse de forma previa o simultánea a la matrícula en tutela académica en el programa.
En caso de realización simultánea el alumnado deberá matricularse de estos complementos en el momento de formalizar la matrícula de tutela académica en el programa, que deberán superarse en el plazo máximo de tres cuatrimestres consecutivos. De no hacerlo así, el alumnado causará baja en el programa.
También puedes consultar el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, Artículo 5: Admisión.
Contiene cuatro tipos de actividades:
Especifica la relación académica entre el doctorando y la Universidad, sus derechos y deberes, incluidos los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos y su duración. Incluye también los deberes del tutor/a del doctorando y de su director o directora de tesis.
Dicho compromiso será firmado por una representación específica designada por la universidad, el tutor/a y el doctorando, en un plazo máximo de un mes que comenzará a contar desde la fecha da matrícula, mientras que la firma del director/a se incorporará en el momento de su designación.
Este compromiso de supervisión se añadirá al documento de actividades del doctorando en el momento de su firma por todas las personas implicadas.
También puedes consultar el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UDC, Artículo 13: Compromiso de supervisión.
En un plazo de seis meses tras la matrícula, el estudiante elaborará un Plan de Investigación que incluirá la metodología, los objetivos, los medios y la planificación temporal. El plan se presentará avalado con el informe del director y/o tutor y deberá ser aprobado por la CAPD. Este plan podrá mejorarse en el proceso de evaluación anual contando con el aval del director y/o tutor.
Anualmente, la CAPD evaluará el Plan de Investigación, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor/a y/o director/a, y el documento de actividades. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, el estudiante elaborará un nuevo Plan que será evaluado en el plazo de seis meses. En el caso de una nueva evaluación negativa, causará baja definitiva en el programa.
También puedes consultar el , Artículo 15: Plan de investigación.
La UDC mantiene convenios de movilidad de estudiantes con universidades e instituciones de educación superior de cuatro continentes. Cada curso académico se publican varias convocatorias de movilidad de estudiantes para que estos puedan cursar parte de sus estudios en una de esas instituciones (un semestre o un año académico completo), obteniendo pleno reconocimiento académico a su regreso en el expediente UDC del estudiante.
En esas convocatorias se publican las plazas de las que la UDC dispone para ofrecer a los estudiantes de los distintos centros y, en su caso, las condiciones específicas de cada una de ellas. Del mismo modo, todos los años se convocan bolsas para financiar la realización de prácticas en el extranjero por parte de los estudiantes.
Las prácticas serán también reconocidas como parte de su expediente académico o en el suplemento europeo al título. El estudiante es libre para buscar la empresa o institución de destino del EEES en la que desea hacer las prácticas. La estos efectos, la UDC tiene un tablero virtual en el que se publican las ofertas que llegan a su conocimiento.
Las convocatorias de movilidad se gestionan conjuntamente en los centros de origen de los estudiantes, bajo la dirección de los Responsables de Relaciones Internacionales de los centros, y en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad (ORI). Los requisitos generales para acceder a una plaza de movilidad, los derechos y obligaciones de los estudiantes, así como el procedimiento para conceder las plazas se regulan en el Reglamento de Movilidad de la UDC.